Impuestos para no residentes en España en 2023: últimas novedades y análisis

September 24, 2026

Impuestos para no residentes en España en 2023: últimas novedades y análisis

Para los propietarios no residentes en España, la gestión de la declaración del Modelo 210 es una obligación anual. Esta guía no solo ofrece una visión general completa de los aspectos esenciales de la declaración de la renta para no residentes en España correspondiente al ejercicio fiscal 2023, que deberá presentarse en 2024, sino que también detalla los cambios recientes en la declaración de los ingresos por alquiler y la nueva opción de pago mediante domiciliación bancaria.

¿Quién debe presentar una declaración de impuestos para no residentes?

Todos los propietarios no residentes están obligados a presentar al menos una declaración de impuestos Modelo 210 al año por los ingresos imputados o presuntos derivados de su propiedad, independientemente de si está desocupada o si el propietario la utiliza ocasionalmente.

Con los cambios recientes, a partir del ejercicio fiscal 2024, la declaración de los ingresos por alquiler pasa de ser trimestral a anual. Por lo tanto, los ingresos generados en 2023 requieren declaraciones trimestrales, pero a partir de 2024 se necesitará una declaración anual.

Autoliquidación

El Modelo 210 es una declaración de impuestos de autoliquidación, lo que implica que es responsabilidad de los contribuyentes cumplimentarla correctamente y abonar los impuestos adeudados sin necesidad de que las autoridades fiscales les envíen recordatorios.

Plazo de presentación

Inmuebles no alquilados: La declaración debe presentarse antes del 31 de diciembre del año siguiente al ejercicio fiscal correspondiente; es decir, las declaraciones de 2023 deben presentarse antes del 31 de diciembre de 2024.
Inmuebles alquilados (hasta 2023): Los ingresos por alquiler se declaran trimestralmente en los primeros 20 días de abril, julio, octubre y enero correspondientes al trimestre anterior.
Inmuebles alquilados (a partir de 2024): De acuerdo con los ajustes recientes, los ingresos por alquiler a partir de 2024 deben declararse anualmente, y las declaraciones deben presentarse entre el 1 y el 20 de enero del año siguiente.

Ejemplo: Alquiler de inmuebles en 2023 frente a 2024

Ejercicio fiscal 2023:

Si un inmueble se alquiló de enero a junio de 2023 y quedó desocupado a partir de entonces:

Por un lado, deberán presentarse las declaraciones trimestrales del Modelo 210 correspondientes a los ingresos obtenidos por el alquiler del inmueble durante los periodos de enero a marzo y de abril a junio de 2023. Estas declaraciones se presentan durante los primeros 20 días naturales de abril y julio de 2023, respectivamente.

Por otro lado, también será necesario presentar un Modelo 210 independiente para declarar la renta imputada correspondiente al periodo en el que el inmueble no haya estado alquilado, es decir, de julio a diciembre de 2023. Esta declaración deberá presentarse en 2024, siendo la fecha límite de presentación el 31 de diciembre de 2024.

Ejercicio fiscal 2024:

Para el mismo periodo correspondiente al año 2024:

Deberá presentarse una declaración del Modelo 210 por los ingresos obtenidos del alquiler del inmueble entre enero y junio de 2024. El plazo de presentación de esta declaración será del 1 al 20 de enero de 2025.

Asimismo, también deberá presentarse un Modelo 210 independiente para declarar la renta imputada correspondiente al periodo en el que el inmueble haya permanecido desocupado, es decir, de julio a diciembre de 2024. Esta declaración deberá presentarse durante el año 2025, siendo la fecha límite el 31 de diciembre de 2025.

Pago mediante domiciliación bancaria desde cuentas SEPA

A partir del 1 de febrero de 2024, se ha implementado una importante actualización para facilitar el pago de impuestos: ahora es posible realizar pagos mediante domiciliación bancaria para las declaraciones de impuestos desde cuentas SEPA. Este método de pago ampliado incluye cuentas tanto de entidades colaboradoras como no colaboradoras dentro de la zona SEPA, que abarca 36 países. Entre estos países se incluyen los 27 Estados miembros de la Unión Europea, así como Islandia, Liechtenstein, Noruega, Suiza, Andorra, Mónaco, San Marino, el Reino Unido y el Estado de la Ciudad del Vaticano. Este ajuste aumenta la comodidad y la accesibilidad para los propietarios internacionales, simplificando el proceso de pago de impuestos desde el extranjero.

Presentación en línea

Nuestro sencillo servicio en línea permite a los propietarios presentar y pagar sus impuestos fácilmente, sin necesidad de tener conocimientos previos sobre fiscalidad ni un certificado digital español.

Sanciones por presentación fuera de plazo

El incumplimiento del plazo de presentación puede acarrear una sanción de al menos el 50 % del impuesto adeudado, además de posibles intereses de demora. La presentación voluntaria antes de que las autoridades fiscales se pongan en contacto con usted puede reducir las sanciones hasta un máximo del 15 %. Puede encontrar más información en nuestro artículo.