Preguntas frecuentes
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Acerca de IberianTax
- Presentar y pagar tu declaración de impuestos de no residentes (Modelo 210) desde cualquier lugar en minutos
- Ahorrar cientos de euros en honorarios de abogados o gestorías cada año
- Recibir soporte por correo electrónico ilimitado en tu idioma
- Hacemos que presentar tus impuestos sea sencillo y sin estrés, incluso si no tienes conocimientos fiscales previos
Cuestiones generales
Las autoridades fiscales españolas generalmente te notifican los recargos aproximadamente de 2 a 3 meses después de detectar la presentación. El proceso implica:
Primera Notificación - Propuesta: Esta es la carta inicial que recibirás, con fines informativos. Describe el recargo o multa atribuido a la presentación tardía de tu declaración de impuestos.
Segunda Notificación - Liquidación: Después de la Propuesta, y generalmente dentro de 1 a 2 meses, se envía una segunda carta llamada "Liquidación". Esta carta incluirá las cartas de pago e instrucciones detalladas sobre cómo proceder con el pago de tu recargo.
Preguntas sobre la fiscalidad de los no residentes
El IBI es un impuesto local recaudado por el ayuntamiento donde se encuentra tu propiedad. Se basa en el valor catastral de tu propiedad y se paga anualmente. El IBI se aplica tanto a residentes como a no residentes y se utiliza para financiar servicios locales e infraestructuras, como el mantenimiento de carreteras, instalaciones públicas y administración local.
El impuesto sobre la renta de los no residentes, en cambio, es un impuesto nacional gestionado por la Agencia Tributaria (autoridad fiscal española). Este impuesto debe pagarse incluso si la propiedad está vacía o se utiliza con fines personales. Los propietarios no residentes deben presentar y pagar este impuesto anualmente a través del formulario Modelo 210. El impuesto de no residentes cubre varios tipos de ingresos generados por propiedades en España, incluidos los ingresos imputados por uso personal, ingresos por alquiler y ganancias de capital por la venta de la propiedad.
Renta Imputada
La renta imputada es el resultado de aplicar un porcentaje imputado del 1.1% o 2% sobre el valor catastral de la propiedad. El porcentaje final depende de la última revisión del valor catastral que haya tenido lugar en el municipio donde se encuentra la propiedad. Si en el municipio donde está el inmueble ha sido objeto de una revisión catastral colectiva en los últimos diez años según lo publicado por el Catastro.
Porcentaje del 1,1%: se aplica a las propiedades en municipios donde los valores catastrales se han revisado o actualizado como parte de un procedimiento general de valoración colectiva en los últimos diez años.
Porcentaje del 2%: se aplica a las propiedades en municipios que no han pasado por dicha revisión en los últimos diez años. Esta tasa también es aplicable si el valor catastral se ha actualizado individualmente pero no como parte de una revisión general.
Por ejemplo, si tu propiedad está en un municipio donde la última revisión catastral ocurrió hace 11 años, se aplica la tasa del 2%, no la del 1,1 %. Si la última revisión fue en 2009, la tasa del 1,1 % solo sería aplicable hasta el año fiscal 2019.
El valor catastral y la referencia catastral son datos esenciales para el impuesto de no residentes y se pueden encontrar en varios documentos relacionados con tu propiedad. Aquí es donde puedes encontrarlos:
Recibo del IBI (impuesto local sobre la propiedad): El IBI, o "Impuesto sobre Bienes Inmuebles", es un impuesto local que los propietarios deben pagar cada año. Es emitido por la autoridad local (Ayuntamiento) o una entidad local designada como Patronato de Recaudación, SUMA, etc., dependiendo de la ubicación de tu propiedad. El recibo del IBI indica claramente el valor catastral y la referencia.
Recibo bancario para el pago del IBI: Si pagas el IBI a través de un banco, el recibo generalmente contiene un código específico que te permite descargar el recibo oficial del IBI desde el sitio web de la oficina de impuestos local, donde se indican el valor catastral y la referencia.
Escritura de compra: Típicamente, hacia el final del documento de la escritura de compra, hay una sección dedicada a la información del Catastro. Aquí encontrarás el valor catastral y la referencia.
Sitio web del Catastro: Además, puedes encontrar el valor catastral y la referencia directamente en el sitio web del Catastro, siempre que tengas un certificado electrónico español.
Ingresos por alquiler
Aquí tienes una lista de los gastos deducibles más comunes reconocidos por la oficina de impuestos. Ten en cuenta que la mayoría de estos gastos son generalmente deducibles en proporción a los días alquilados. Nuestra plataforma calcula automáticamente el monto deducible para ti.
Gastos relacionados con la propiedad: Esto incluye impuestos locales sobre la propiedad (como el IBI o las tarifas de recogida de basura), tarifas comunitarias y primas de seguro de hogar.Facturas de servicios públicos: Los costes de agua, gas, electricidad y otros servicios públicos pueden deducirse, siempre que tú, el propietario, seas responsable de ellos.
Gastos de mantenimiento: Los gastos para mantener la propiedad, como reparaciones y limpieza, son deducibles. Nota: La compra de muebles puede deducirse a través de la depreciación a una tasa del 10% por año.
Intereses hipotecarios: Si tienes una hipoteca en tu propiedad en España, la parte de intereses de tus pagos hipotecarios puede deducirse de tus ingresos por alquiler.
Tarifas de gestión de la propiedad: Las tarifas por servicios relacionados con la gestión de tu propiedad de alquiler son deducibles.
Gastos de publicidad y marketing: Los costos incurridos en la publicidad de tu propiedad a posibles inquilinos son deducibles.
Tarifas legales y contables: Las tarifas por servicios legales y contables asociados con el alquiler de tu propiedad pueden deducirse.
Costes de depreciación: Se te permite deducir la depreciación de la propiedad, calculada como el 3% del valor más alto entre el precio de compra o el valor catastral, excluyendo el valor del terreno.
Ganancias de capital
Para presentar el impuesto sobre las ganancias de capital, necesitarás los siguientes documentos:
Modelo 211: El documento de retención del 3 % proporcionado por el comprador.
Detalles de la transacción: Fechas y precios de las transacciones de compra y venta. Gastos relacionados: Gastos relacionados con la compra (impuesto de transferencia de propiedad, honorarios de notario, honorarios de registro de la propiedad, honorarios de abogado) y la venta (honorarios de agente inmobiliario, plusvalía municipal y cualquier otro gasto de venta).
Sobre la solicitud de devolución: Si el impuesto a pagar es inferior al 3 % de retención ya practicada, puedes solicitar un reembolso de la diferencia. Para el proceso de devolución, también es necesario aportar un certificado que acredite la titularidad de la cuenta bancaria donde se debe realizar el reembolso. Pago y Presentación.
Pago y cumplimentación de impuestos
El impuesto adeudado se puede pagar a través de:
Pago en efectivo: Te enviaremos el formulario 210 debidamente cumplimentado para que solo tengas que imprimirlo y llevarlo a tu banco en España para pagar.
Transferencia bancaria: Puedes transferirnos el impuesto adeudado y nos encargaremos tanto de la presentación como del pago ante las autoridades fiscales españolas en tu nombre.
Domiciliación bancaria: La Agencia Tributaria cobrará directamente el impuesto adeudado de tu cuenta bancaria en la fecha de vencimiento. Desde el 1 de febrero de 2024, no es obligatorio tener una cuenta bancaria española para este método de pago. Siempre que tu banco opere dentro de la Zona SEPA, puedes utilizar el débito directo.
Sí, cambiar el método de pago después de enviar el formulario es posible bajo ciertas condiciones.
Si tu método de pago inicial era en efectivo: Puedes cambiar a débito directo hasta el 23 de diciembre para el impuesto sobre ingresos imputados y hasta el 13 de enero del año siguiente para el impuesto sobre ingresos por alquiler. Si prefieres pagar por transferencia bancaria, simplemente envíanos un correo electrónico para indicar tu preferencia. Te proporcionaremos los detalles necesarios para que realices la transferencia. Una vez que hayamos recibido el pago, nos encargaremos del pago del impuesto a las autoridades en tu nombre.
Si inicialmente elegiste domiciliación bancaria: Tienes la flexibilidad de cambiar antes del 20 de diciembre. Al recibir el importe del impuesto mediante transferencia bancaria, cancelaremos la orden de domiciliación y nos aseguraremos de que el impuesto se pague directamente a las autoridades, garantizando una transición fluida entre los métodos de pago.
Una vez que hayamos presentado tu formulario Modelo 210, recibirás un correo electrónico de nuestra parte con el justificante oficial de presentación y el formulario presentado adjunto para tus archivos.
Además, puedes ver o descargar cualquiera de tus formularios previamente presentados en cualquier momento a través de tu cuenta de IberianTax. Simplemente navega a la sección "Formularios" de nuestra plataforma, donde todas tus presentaciones están convenientemente guardadas y accesibles. Esta función asegura que tengas acceso completo a tu historial de presentaciones y documentación cuando lo necesites.
Certificado digital
- NIE (Número de Identidad de Extranjero): Una copia clara del anverso de tu tarjeta o certificado de NIE
- Pasaporte o DNI: Una copia clara de la página principal de tu pasaporte o documento nacional de identidad
- Recibirás un correo de confirmación de IberianTax confirmando la recepción
- Nuestro equipo revisará tus documentos (normalmente en 2-3 días laborables). Tramitaremos tu solicitud con la autoridad emisora y gestionaremos el proceso de descarga.
- Tramitaremos tu solicitud con la autoridad emisora y gestionaremos el proceso de descarga.
- Te enviaremos el archivo del certificado (.p12), el PIN de instalación y una guía paso a paso.
- El archivo del certificado (.p12) listo para instalar
- El PIN de instalación
- Una guía paso a paso con capturas de pantalla.
Para renovar un certificado digital caducado, deberás solicitar uno nuevo. Lamentablemente, no existe un proceso de renovación directa: deberás realizar una nueva solicitud.
Recomendamos iniciar el proceso de solicitud al menos un mes antes de que caduque tu certificado actual para evitar interrupciones. El proceso es el mismo que para tu primera solicitud.
Sí, con IberianTax puedes solicitar tu certificado digital completamente online, incluso si estás fuera de España. No necesitas acudir presencialmente a ninguna oficina. Siempre que tengas un NIE válido y los documentos requeridos, todo el proceso se realiza a distancia.
El proceso normalmente consiste en hacer doble clic en el archivo .p12, introducir el PIN proporcionado y seguir el asistente de instalación. Nuestra guía incluye instrucciones detalladas para que cada paso sea lo más claro posible.