Impuesto sobre la Renta de los No Residentes (Renta Imputada)
El Impuesto sobre la Renta Imputada de los No Residentes (IRNR) se aplica a los propietarios no residentes que no alquilan su propiedad en España durante todo el año. Este impuesto grava la propiedad incluso si es para uso personal o permanece vacía durante todo el año. La declaración de este impuesto se realiza anualmente a través del Modelo 210 ante la Agencia Tributaria. La fecha límite para la presentación es el 31 de diciembre de cada año, para el año anterior.
Varios propietarios
En España, cada copropietario debe presentar su declaración de forma individual en función de su porcentaje de titularidad sobre el inmueble. El importe total del impuesto se distribuirá proporcionalmente según el porcentaje de titularidad de cada uno.
¿Cómo se calcula?
El impuesto sobre la renta imputada se calcula de la siguiente manera: Valor catastral x Porcentaje imputado x Tipo impositivo.
Al presentar la declaración en línea, necesitarás conocer el valor catastral de tu inmueble. Para averiguar este valor, puedes consultar el recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI o SUMA), ponerte en contacto con el ayuntamiento de tu localidad o visitarwww.sedecatastro.gob.es. Para ello necesitarás un certificado digital español válido o tu número de NIE y el "número de soporte". Los valores catastrales suelen oscilar entre 30.000 € y 200.000 €. El porcentaje imputado varía entre el 1,1% y el 2%, dependiendo del municipio.
El tipo impositivo para los residentes en la UE, Islandia, Noruega y Liechtenstein es del 19%, mientras que los no residentes en la UE están sujetos a un tipo impositivo del 24%. En caso de inmuebles de titularidad compartida, cada copropietario debe presentar un Modelo 210 individual. El impuesto sobre la renta imputada se dividirá proporcionalmente entre todos ellos.
Casos prácticos
Exponemos aquí algunos ejemplos de cómo se calcula el impuesto sobre la renta de alquiler
Ejemplo uno Residente de la UE propietario de una vivienda en Mallorca - propietario único |
Año fiscal 2022 |
Municipio de la propiedad: Calviá, Islas Baleares |
Porcentaje imputado en Calviá 2022: 2% |
Valor catastral del inmueble: 103,890.50€ |
Propietario único: Alemán |
Tipo impositivo UE: 19% |
Uso exclusivamente privado |
Cálculo del impuesto: 103,890.50€ x 2% x 19% = 394,78€ |
Total a pagar: 394,78€ |
Ejemplo dos Dos residentes del Reino Unido, que poseen una propiedad en Marbella, en la Costa de Sol - copropiedad |
Año fiscal 2022 |
Municipio de la propiedad: Marbella, España |
Porcentaje imputado en Marbella 2022: 1.1% |
Valor catastral de la propiedad: 82,450.70€ |
Dos propietarios: Británicos |
Tipo impositivo no comunitario: 24% |
Uso privativo y 60 días alquilado |
Cálculo del impuesto: 82,450.70€ x 1.1% x 305/365 x 24%= 181,88€ |
Total a pagar 181,88€ |
Ejemplo tres Residentes de la UE, que poseen una propiedad en Tenerife, España - copropiedad |
Año fiscal 2022 |
Municipio de la propiedad: Arona, Tenerife |
Porcentaje imputado en Arona 2022: 2% |
Valor catastral del inmueble: 35,930.20€ |
Dos propietarios: Holandeses |
Tipo impositivo UE: 19% |
Propiedad vacía todo el año |
Cálculo de impuestos: 35,930.20€ x 2% x 19% = 136.53€ |
Total a pagar 136,53€ |
Precio
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