Nueva obligación NRA: informa tus estancias de 2025

January 22, 2026

Nueva obligación NRA: informa tus estancias de 2025

A partir de febrero de 2026, todos los propietarios de inmuebles destinados a alquileres turísticos o de corta duración en España deberán cumplir un nuevo requisito legal relacionado con el Número de Registro de Alquiler (NRA).

El Ministerio de Vivienda ha introducido una medida adicional en la regulación de los inmuebles turísticos. Aunque obtener un Número de Registro de Alquiler ya era obligatorio desde julio de 2025, los propietarios deberán ahora realizar trámites complementarios para evitar que su número de registro sea revocado. Esta obligación ha sido publicada oficialmente el 2 de enero de 2026, dejando un tiempo limitado para que los propietarios puedan informarse y cumplirla.

¿En qué consiste esta nueva obligación?

Entre el 1 de febrero y el 2 de marzo de 2026, todos los propietarios deberán presentar una declaración informativa anual sobre la actividad de alquiler turístico realizada durante el año 2025.

Esta declaración no se limita a confirmar la posesión de un NRA definitivo, sino que requiere proporcionar información detallada, incluyendo:

  • El número de huéspedes que se alojaron en la propiedad.
  • Las fechas de cada estancia.
  • El motivo de la estancia: turismo, negocios, estudios, motivos médicos u otros.

¿Quién está obligado a presentarla?

La obligación aplica a:

  • Propietarios residentes y no residentes que alquilen propiedades turísticas en España.
  • Cualquier persona que haya obtenido un NRA definitivo para alquileres turísticos o estacionales, incluso si alquila de manera ocasional.

Importante: Incluso si obtuvo un NRA definitivo válido durante 2025 pero no alquiló su propiedad, sigue siendo obligatorio presentar la declaración anual. En este caso, debe indicarse expresamente que no hubo actividad de alquiler durante el año.

Información que debe incluirse

Para cada alquiler realizado entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, los propietarios deberán recopilar y presentar:

  • Su Número de Registro de Alquiler (NRA).
  • Número de huéspedes que se alojaron.
  • Fechas exactas de entrada y salida de cada estancia.
  • Motivo de la estancia.

Importante: Esto incluye todas las reservas donde se haya utilizado su NRA a través de plataformas como Airbnb, Booking.com, Vrbo, Rentalia, etc. En otras palabras, cualquier alquiler turístico o estacional que haya sido registrado oficialmente con su NRA debe aparecer en la declaración, independientemente de la plataforma o canal utilizado.

Plazos y método de presentación

Periodo de presentación: 1 de febrero – 2 de marzo de 2026.
Datos cubiertos: 1 de enero – 31 de diciembre de 2025.

La declaración anual del NRA se realizará mediante una aplicación de escritorio (llamada “N2”) disponible en la web del Registro de la Propiedad.

La aplicación aún no está disponible, pero se espera que esté lista en los próximos días. Una vez activa, los propietarios deberán:

  • Completar la declaración utilizando la aplicación de escritorio.
  • Generar un archivo electrónico con la información requerida.
  • Subir el archivo a la plataforma del Registro de la Propiedad usando su certificado digital.

Solo el propietario o un representante autorizado puede presentar la información.

Consecuencias del incumplimiento

No presentar la declaración dentro del plazo establecido puede resultar en:

  • Revocación del número NRA.
  • Prohibición de continuar anunciando o alquilando la propiedad.
  • Pérdida de ingresos por alquiler.

Cómo prepararse

  1. Reunir registros: Revisar todas las reservas y contratos de 2025 en plataformas digitales y anotar número de huéspedes, fechas y motivo de estancia.
  2. Verificar el NRA: Asegurarse de conocer su número NRA, ya que será necesario incluirlo en la declaración.
  3. Organizar la información: Preparar un documento o hoja de cálculo con todos los datos de cada alquiler de 2025.
  4. Presentar dentro del plazo: Entre el 1 de febrero y el 2 de marzo de 2026, evitando problemas de última hora.

Resumen clave

  • Tener un NRA ya no es suficiente: ahora es obligatorio presentar una declaración anual.
  • Todos los propietarios, incluso los que alquilaron solo unos días, deben cumplir.
  • Plazo: 1 de febrero – 2 de marzo de 2026.
  • No cumplir esta obligación significa que su NRA puede ser revocado. Sin un NRA, no podrá anunciar ni alquilar su propiedad en plataformas como Airbnb, Booking, Vrbo o Rentalia.

En IberianTax, podemos encargarnos de este proceso por usted, asegurando que su declaración informativa se complete correctamente y a tiempo, incluso si no tiene certificado digital o reside fuera de España.

Si necesita más información o asistencia personalizada, no dude en contactarnos. Nuestro equipo le guiará paso a paso y se encargará de todo para que su NRA esté al día sin complicaciones ni riesgos.