Recupera la retención fiscal sobre los dividendos en España: una guía completa para contribuyentes no residentes
May 26, 2026

¿Ha invertido en empresas españolas y ha recibido dividendos? Como contribuyente no residente en España, estos dividendos están sujetos, por defecto, a una retención en origen del 19 %. Sin embargo, dependiendo de lo establecido en el convenio de doble imposición entre España y su país de residencia, es posible que tenga derecho a un tipo de retención más bajo o incluso a la devolución íntegra del importe retenido.
Comprender la retención en origen y los convenios de doble imposición
Es importante conocer tanto el porcentaje de retención aplicado a sus dividendos como el límite aplicable del convenio de doble imposición para identificar la posible retención en origen recuperable sobre sus dividendos españoles:
Retención en origen
Cuando recibes dividendos de una empresa española, esta está obligada a retener el 19 % del importe bruto de los dividendos en concepto de retención en origen. Esta retención en origen tiene por objeto cubrir los impuestos que debes pagar por los dividendos en España.
Convenios de doble imposición
Los convenios de doble imposición son tratados entre países cuyo objetivo es evitar la doble imposición de los ingresos obtenidos en ambos países. Por lo general, especifican los tipos impositivos y las normas aplicables a diversos tipos de ingresos, incluidos los dividendos.
Si existe un convenio de doble imposición entre España y tu país de residencia, puedes reclamar la devolución del exceso de retención a cuenta sobre tus dividendos españoles. Esto significa que puedes obtener una devolución por la diferencia entre el tipo impositivo realmente aplicado (normalmente el 19 %) y el tipo más bajo estipulado en el convenio (que podría ser del 15 % o un tipo reducido).
Ejemplo: Supongamos que eres un contribuyente no residente y tienes inversiones en una empresa española. Recibes un dividendo bruto de 2.000 €. Por defecto, la empresa retiene un 19 % de retención en origen, lo que supone una deducción de 380 € (2.000 € * 19 %) y un pago neto de dividendos de 1.620 €.
Sin embargo, imagine que su país tiene un convenio de doble imposición con España que establece un tipo de retención en origen más bajo, del 15 %, para los dividendos. En este caso, el importe adecuado de la retención a cuenta debería ser de 300 € (2.000 € * 15 %).
Dado que la retención a cuenta aplicada (19 %) es superior al tipo especificado en el Convenio de doble imposición (15 %), tiene derecho a reclamar la diferencia de 80 € (380 € retenidos - 300 €).
Pasos para reclamar el exceso de retención en origen
1. Reúna los documentos necesarios: recopile la documentación requerida, que incluye:
- Justificante de los ingresos por dividendos (por ejemplo, certificado de retención en origen, extracto bancario).
- Certificado de residencia fiscal en su país de residencia.
- Certificado del titular de la cuenta bancaria en la que desee que se le realice la devolución.
2. Calcule el exceso de retención en origen: Calcule la diferencia, que representa el exceso de retención en origen que puede reclamar. En IberianTax, a través de nuestra calculadora gratuita, puede estimar fácilmente su devolución de impuestos de forma rápida y sencilla.
3. Presente su solicitud: Presente su solicitud de devolución del exceso de retención en origen mediante el Modelo 210. En IberianTax, nuestro equipo especializado en fiscalidad para no residentes puede ayudarle a presentar esta solicitud en su nombre, asegurando que el proceso se realice correctamente y con altas garantías de éxito.
4. Plazos y tramitación: Las autoridades fiscales españolas suelen tramitar las solicitudes en un plazo de 6 meses. Si se aprueba su solicitud, recibirá la devolución directamente en su cuenta bancaria.
Plazo de presentación
El plazo de presentación suele abrirse el 1 de febrero del año siguiente. El plazo general para presentar la reclamación es de cuatro años.
Por ejemplo, supongamos que un residente fiscal alemán recibió dividendos del Banco Santander en España en marzo de 2023. Se aplicó la retención fiscal estándar del 19 %, pero el convenio de doble imposición entre Alemania y España permite un tipo más bajo, del 15 %. El contribuyente puede reclamar la diferencia del 4 % (19 % retenido - 15 % del tipo del convenio) presentando una reclamación ante las autoridades fiscales españolas. El plazo para presentar la reclamación comienza el 1 de febrero del año siguiente (en este caso, el 1 de febrero de 2024), y el contribuyente alemán dispondría de cuatro años para realizar la reclamación.
En IberianTax, ofrecemos una solución integral para ayudarle a reclamar el exceso de retención de impuestos sobre los dividendos españoles. Nuestro equipo de expertos fiscales puede guiarle en cada paso, desde identificar el tipo del convenio de doble imposición aplicable hasta presentar su reclamación ante las autoridades fiscales españolas.
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