Tu guía completa sobre los Impuestos para No-Residentes en España 2025
November 6, 2025

Tener una vivienda en España mientras se reside en el extranjero es el sueño de muchos: sol, cultura y una buena inversión. Pero también implica obligaciones fiscales que todo propietario no residente debe conocer.
Si no tienes claro qué es el Modelo 210, cuándo debes presentarlo o si aplica a ti, esta guía te lo explicará de forma sencilla. Aprenderás:
- ¿Qué es el Modelo 210 y quién debe presentarlo?
- Tipos de declaraciones del Impuesto sobre la Propiedad: renta imputada, alquiler y ganancia patrimonial.
- ¿Cuáles son los diferentes plazos del Modelo 210?
- ¿Qué sucede si se pasa el plazo de presentación?
- ¿Puedo presentar el Modelo 210 yo mismo o necesito ayuda?
1. ¿Qué es el Modelo 210 y quién debe presentarlo?
El Modelo 210 es el formulario oficial de impuestos sobre la propiedad en España para no residentes (es decir, cualquier persona que viva fuera de España más de 183 días al año) y se utiliza para declarar ingresos o la propiedad de bienes en territorio español.
Debes presentar el Modelo 210 si:
- Eres propietario de una vivienda o segunda residencia en España
- Alquilas tu propiedad (de forma temporal o permanente)
- Mantienes la vivienda vacía parte o todo el año
- Has vendido una propiedad en España
En resumen, si no eres residente fiscal en España, pero posees una propiedad en el país, estás obligado a presentar el Modelo 210.
2. Tipos de declaración: renta imputada, ingresos por alquiler y ganancia patrimonial
El Modelo 210 no corresponde a un único impuesto. Es el formulario que se utiliza en tres tipos de obligaciones fiscales para los no residentes:
- Renta imputada (uso propio)
Aunque no alquiles tu vivienda, la Agencia Tributaria considera que genera una renta presunta. Este impuesto se calcula a partir del valor catastral y debe declararse una vez al año, antes del 31 de diciembre del año siguiente.
- Ingresos por alquiler (rentas de arrendamiento)
Si alquilas tu propiedad, debes declarar los ingresos anuales mediante el Modelo 210.
Los residentes en la UE o EEE pueden deducir gastos como IBI, mantenimiento, seguros o suministros. Los no residentes fuera de la UE no pueden deducir gastos actualmente (aunque esta norma podría modificarse en el futuro).
- Ganancia patrimonial (venta de inmuebles)
Cuando un no residente vende una propiedad en España, la ganancia obtenida tributa mediante el Modelo 210. El comprador debe presentar el Modelo 211, reteniendo el 3 % del precio de venta. El vendedor puede posteriormente compensar o solicitar la devolución de dicha retención al presentar su Modelo 210. Plazo: dentro de los 4 meses siguientes a la fecha de la venta.
3. ¿Qué se considera “propiedad” a efectos fiscales?
El término propiedad no se limita solo a viviendas o apartamentos. También incluye garajes, trasteros, locales comerciales, parcelas o talleres. Cualquier bien inmueble situado en España con referencia catastral propia debe declararse por separado.
Cada referencia catastral implica una declaración independiente del Modelo 210, incluso si los bienes pertenecen al mismo propietario o están en el mismo edificio.
Ejemplo práctico
John Smith, residente en Reino Unido, posee una vivienda en Mijas y un garaje independiente, ambos con su referencia catastral e IBI propio. Utiliza la vivienda 4 meses al año y la alquila los otros 8 meses. Vendió el garaje recientemente y no lo había alquilado.
Por tanto, John debe presentar cuatro declaraciones distintas:
- Ingresos por alquiler (vivienda) – Modelo 210
Por los 8 meses alquilados.
Plazo: del 1 al 20 de enero del año siguiente.
- Renta imputada (vivienda) – Modelo 210
Por los 4 meses de uso propio.
Plazo: hasta el 31 de diciembre del año siguiente (o 23 de diciembre si el pago es domiciliado).
- Renta imputada (garaje) – Modelo 210
Por el periodo de titularidad anterior a la venta.
Plazo: hasta el 31 de diciembre del año siguiente.
- Ganancia patrimonial (venta del garaje) – Modelo 210
Dentro de los 4 meses posteriores a la venta.
El comprador presenta el Modelo 211 y retiene el 3 %; John podrá deducirlo o solicitar la devolución en su declaración.
Plazos de presentación
Aunque las normas fiscales pueden cambiar ligeramente cada año, los plazos generales del Modelo 210 suelen mantenerse constantes.

4. ¿Qué ocurre si se presenta fuera de plazo?
No presentar tus impuestos españoles a tiempo puede generar recargos, intereses y sanciones.
Recargos por presentación voluntaria fuera de plazo (Recargos por declaración extemporánea sin requerimiento)
Si presentas tarde pero de forma voluntaria (es decir, antes de que Hacienda te notifique), no se aplican sanciones, solo un recargo:
- 1 % si se presenta dentro del primer mes tras el plazo, más un 1 % adicional por cada mes completo adicional.
- Después de 12 meses, el recargo es del 15 % y los intereses de demora se aplican a partir del día siguiente al vencimiento.
Intereses de demora
Se aplican cuando:
- Presentas voluntariamente más de 12 meses después del plazo (15 % de recargo + intereses), o
- Hacienda ya ha emitido un requerimiento formal (en este caso se aplican sanciones, no recargos).
Sanciones (Multas)
- Retrasos graves o incumplimientos pueden acarrear multas importantes.
- Si Hacienda emite un requerimiento, las sanciones pueden ser del 50 % al 100 % de la cantidad adeudada.
- En casos graves o reiterados, incluso podrían derivar en consecuencias penales, aunque es poco frecuente.
Otros problemas
- Pérdida o retraso en devoluciones pendientes.
- Rechazo de deducciones o gastos declarados.
- Mayor control en futuras declaraciones.
5. ¿Puedo presentar el Modelo 210 por mi cuenta?
Sí, a traves de la web de la Agencia Tributaria. Sin embargo, este proceso suele ser difícil de entender y algo complicado.
Por eso, miles de propietarios no residentes confían en IberianTax para gestionarlo de forma sencilla y segura.
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