Propiedad compartida en España: obligaciones fiscales para no residentes
October 15, 2025

Ser copropietario de una vivienda en España —ya sea con tu cónyuge, un amigo o un socio— puede ser una gran inversión o la casa vacacional perfecta. Sin embargo, la propiedad compartida conlleva obligaciones fiscales específicas, especialmente si eres no residente.
Comprender cómo funciona el Modelo 210, cómo se reparten los ingresos y gastos y cómo evitar errores comunes es clave para mantenerte al día y evitar sanciones.
Aclara los porcentajes de propiedad desde el principio
Cuando una vivienda en España pertenece a varias personas, es fundamental definir con claridad los porcentajes de propiedad desde el inicio. Estos determinan los derechos, las obligaciones y, sobre todo, la parte de los ingresos, gastos y la carga tributaria de cada propietario.
Los porcentajes declarados deben coincidir con los que figuran en la escritura de compraventa, firmada ante notario y registrada en el Registro de la Propiedad. Esos mismos porcentajes se utilizan posteriormente al presentar el Modelo 210.
Declaraciones individuales obligatorias
En España, cada copropietario debe presentar su propia declaración, una por cada propietario y propiedad.
Por ejemplo, si un matrimonio posee dos pisos alquilados todo el año, deberá presentar 4 declaraciones. El impuesto se calcula de forma proporcional, por lo que cada uno paga solo su parte.
Importante: A partir del ejercicio 2024, la declaración de ingresos por alquiler será anual, con plazo entre el 1 y el 20 de enero del año siguiente.
Cada propietario presenta su propio Modelo 210
No es posible presentar una declaración conjunta. Cada copropietario debe presentar su propio Modelo 210, de acuerdo con su porcentaje de propiedad y su parte de ingresos y gastos.
Ejemplo: Si dos personas poseen una vivienda al 50 %, cada una deberá presentar una declaración independiente por su 50 % de ingresos y gastos.
Un matrimonio con dos viviendas alquiladas al 50/50 deberá presentar cuatro declaraciones anuales Modelo 210 (una por propietario y por propiedad).
Coordínate con los demás propietarios
La comunicación es fundamental. Todos los copropietarios deben declarar los mismos importes de ingresos y gastos según su porcentaje. Si uno declara una cantidad distinta, la Agencia Tributaria puede detectar discrepancias y exigir aclaraciones o sanciones.
Acordad los importes antes de presentar las declaraciones para garantizar coherencia y cumplimiento.
Obligaciones fiscales de los no residentes
Ser no residente no exime de pagar impuestos en España. Cada copropietario debe presentar el Modelo 210 y pagar el impuesto correspondiente a su parte.
Tipos impositivos:
- 19 % para residentes fiscales de la UE y EEE (Noruega, Islandia y Liechtenstein)
- 24 % para residentes fuera de la UE/EEE
Renta imputada vs. ingresos por alquiler
- Renta imputada: cuando el inmueble no está alquilado, el impuesto se calcula sobre un valor teórico (valor catastral × 1,1 % o 2 %).
- Ingresos por alquiler: cuando sí está alquilado, la base imponible son los ingresos menos los gastos deducibles (solo para contribuyentes elegibles).
Los no residentes fuera de la UE/EEE deben tributar sobre los ingresos brutos, sin poder deducir gastos.
Gastos deducibles para copropietarios de la UE/EEE
Si eres residente fiscal en la UE o el EEE, puedes deducir gastos como:
- Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) y tasa de basura
- Agua, luz y gas
- Gastos de comunidad
- Seguros
- Servicios de gestión o administración
- Honorarios legales y contables
- Redacción de contratos o defensa jurídica
Conserva todas las facturas durante al menos cuatro años, ya que la Agencia Tributaria puede solicitarlas.
Simplifica el Modelo 210 con IberianTax
Con IberianTax, presentar tus declaraciones como copropietario es sencillo. Nuestra plataforma —la primera en España creada para propietarios no residentes— te permite:
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- Completar el proceso paso a paso en inglés, alemán, francés o español
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